Luego del anuncio del reinicio de las actividades en septiembre, Costa Cruceros aumentará gradualmente el número de barcos que reanudarán las operaciones, ofreciendo nuevos itinerarios a la venta para residentes en Europa.
Los cruceros estarán disponibles solamente a ciudadanos europeos que residan en los países incluidos en el decreto del Gobierno italiano *, mientras que la limitación a italianos únicamente, está confirmada en septiembre para las tres primeras salidas de Costa Deliziosa (6, 13 y 20 de septiembre) y la primera salida de Costa Diadema (19 de septiembre). Todos los otros itinerarios desde octubre 2020 a marzo 2021 serán cancelados, excepto el Costa Favolosa en el Caribe.
La compañía naviera ya está informando a las agencias de viajes y a los huéspedes afectados por esta decisión sobre el reconocimiento y acreditación de los importes oportunamente abonados de los cruceros que ahora han sido cancelados.
Con el objetivo de preservar la seguridad para los huéspedes, la tripulación y las comunidades locales, el Protocolo de Seguridad de Costa se implementará en los cruceros de la temporada de invierno 2020-21. Elaborado para responder específicamente a la situación actual de CoVid-19, y avalado por un panel de expertos científicos en salud pública, el documento es consistente con los protocolos de salud definidos por el gobierno italiano y las autoridades europeas, y se actualiza constantemente en función de la evolución del escenario y el conocimiento médico.
Viajar alrededor del mundo en un barco Costa volverá a ser, una vez más, una experiencia muy emocionante, como lo ha sido para millones de personas en más de 70 años de historia.
*En septiembre, las tres primeras salidas del Costa Deliziosa (6, 13 y 20 de septiembre) y la primera salida de Costa Diadema (19 de septiembre) están reservadas para los huéspedes que residan en Italia únicamente. A partir del 27 de septiembre de 2020, los cruceros estarán a la venta también para los residentes en los países europeos incluidos en el Anexo 20 del Decreto del Primer Ministro italiano del 10 de agosto de 2020, Lista A y Lista B, a saber: Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Irlanda, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Eslovaquia, Eslovenia, España, Suecia, Hungría, Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza y Reino Unido. En caso de que se dicten nuevos Decretos o disposiciones gubernamentales sobre la materia, Costa adaptará inmediatamente su normativa e informará a sus clientes.