Argentina | Nuevo Reglamento de Turismo Estudiantil agiliza la actividad del sector

Simplifica la tramitación del Certificado Nacional de Autorización para los operadores y reemplaza un sistema complicado de garantía por un seguro de caución a favor del pasajero que cubre la totalidad del contrato. 

El nuevo Reglamento de Turismo Estudiantil, que enmarcará la actividad del sector eliminando los obstáculos que limitan el correcto funcionamiento del mercado, fue publicado hoy en el Boletín Oficial.

 El nuevo Reglamento de Turismo Estudiantil, que enmarcará la actividad del sector eliminando los obstáculos que limitan el correcto funcionamiento del mercado, fue publicado hoy en el Boletín Oficial.

La tramitación del Certificado Nacional de Autorización para Agencias de Turismo Estudiantil mediante un procedimiento administrativo ágil -de manera digital y por única vez- y el reemplazo de un complicado sistema de garantía -Fondo de Turismo Estudiantil, Fideicomiso y Cuota Cero- por un seguro de caución en favor del pasajero -que contrata la agencia en el ámbito privado y cubre el ciento por ciento del contrato- son los puntos destacados de la nueva normativa.

El Certificado mantendrá su vigencia de manera ininterrumpida si el operador cumple con su obligación de declarar cambios e informar garantías en tiempo y forma, una simplificación que evitará el requisito antes vigente de repetir la tramitación de la autorización todos los años, que conllevaba una interminable presentación de documentación.

La normativa actual mantiene los requisitos del seguro de responsabilidad civil, el seguro de accidentes personales, la asistencia al viajero, la obligación de contar con ficha médica de cada pasajero firmada por un profesional y las edades mínimas de 21 y 18 años para quienes se desempeñen como coordinadores y asistentes.

Resolución 1/2024 de la Secretaría de Turismo, Ambiente y Deportes de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

TURISMO ESTUDIANTIL / NUEVO REGLAMENTO 

Cuadro de situación 

-El DNU derogó la Ley de Agencias de Viajes, que establecía la necesidad de solicitar un  legajo a nivel nacional para operar. 

-La Ley Nacional de Turismo y de Turismo Estudiantil continúan vigentes. 

-Nace la necesidad de readecuar el texto normativo con la redacción de una nueva  reglamentación que elimine los obstáculos que limitan el correcto funcionamiento del  mercado. 

Antes 

-Intervención constante del Estado en todos los procesos de la relación comercial entre  la empresa de viajes y el turista/usuario. 

-Intervención obligatoria de la Autoridad de Aplicación en la operatoria del Fideicomiso. 

Ahora 

-El certificado requerido para ser operador de turismo estudiantil se emite una sola y  única vez. Se tramita por TAD. 

-Toda la documentación que tiene vencimiento o sea modificada (cambio de personal,  prestadores, paquetes ofrecidos, seguros) debe ser declarada dentro de los 15 días de  ocurrida la modificación.  

-Si el operador de turismo estudiantil cumple con su obligación de declarar cambios e  informar contratos y garantías en tiempo y forma, mantiene su certificado en forma  continua e ininterrumpida. 

-Seguro de caución en favor del turista-usuario, que se ejecuta en forma privada en  compañía de seguros. Cubre 100 por ciento del contrato. Reemplaza sistema complicado  de garantía – Fondo de Turismo Estudiantil, Fideicomiso y Cuota Cero-. 

Bariloche – Estudiantes

-Modelo de contrato con requisitos básicos. 

Se mantiene 

-Seguro de Responsabilidad Civil. 

-Seguro de Accidentes Personales. 

-Asistencia al Viajero 

-Obligación de contar con ficha médica firmada por un profesional. 

-Coordinadores mayores de 21 y asistentes mayores de 18.

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