Todo lo que debes saber sobre los tipos de arrendamientos antes de alquilar un campo
Durante el mes de mayo es común que los dueños de los campos y explotadores comiencen hacer proyecciones de lo que será la jornada de siembra del año. Entre esas consideraciones están los precios y condiciones del arrendamiento agrícola. Por ello, es importante tener presente una serie de consideraciones antes de acceder a un contrato de alquiler rural.
La primera de ellas es sobre el tipo de contrato que se va a realizar, ya que esto definirá el desarrollo de la actividad, así como el papel que jugarán las partes interesadas. Pues existe la posibilidad que sea un contrato sencillo, por decirlo de una manera, donde hay un arrendatario y un locador, o negociar otros beneficios relacionados con la producción final.
Por otra parte, es importante destacar que el interés por los campos en alquiler es un negocio constante, y luego de la jornada del 2020 creció el interés por la actividad agrícola ya que, hay muchos productores o nuevos inversionistas interesados en invertir en el campo.
Es por ello, que a continuación detallaremos un poco más sobre los tipos de contratos rurales existentes para que puedas analizar cuál te conviene más de cara a la nueva temporada de cosecha.
Tipos de arrendamientos rurales
A diferencia de otro tipo de arrendamiento, cuando se trata de tierras que van a ser destinadas a una actividad productiva como la agricultura o la ganadería, no basta con encontrar los mejores campos en alquiler. Hay que saber elegir el tipo de contrato.
Sobre este último punto, se podría decir que los principales tipos de arrendamientos rurales o los comúnmente usados son: el arrendamiento y de aparcería. La diferencia entre ambos radica en la forma de vinculación, distribución y cómo se hará el pago.
En el caso del arrendamiento, se trata de un contrato de alquiler en el cual el arrendatario cede el uso y goce de un lote de tierra a cambio de una cifra de dinero. Por su parte, el contrato de aparcería, las partes interesadas acuerdan tener participación en el riesgo.
Para que sea más claro, el contrato de aparcería es más bien asociativo, esto quiere decir que el propietario o propietarios de los campos en alquiler cede explotación agrícola a cambio de un porcentaje de la producción final.
Si es importante tener presente que, al optar por un contrato de aparcería, el arrendador debe cumplir con: el régimen de información de AFIP, Registro Fiscal de Operadores de Granos, registro de Tierras Rurales y regímenes de información de producción y capacidad productiva.
También hay otro tipo de contrato, donde el arrendatario acuerda una compensación en granos, en este caso se le conoce como contrato innominado. En este caso, debe hacer un registro como canjeador de bienes y servicios por granos.
Por último, está el contrato accidental de arrendamiento, en este se hace una negociación por campaña. Se suele utilizar por períodos de un año cuando se trata de un nuevo locador, así el dueño de los campos en alquiler puede conocer mejor su manejo productivo y si le conviene en arrendar por más tiempo o finalizar el acuerdo.
Bajo esta modalidad están los tipos de contrato para: cosecha, pastaje o pastoreo. En el primer caso se pueden realizar hasta dos tipos de cosechas y el pago puede ser en dinero, quintales o un porcentaje de la producción.
En el contrato de pastaje se reciben los animales por un tiempo determinado a cambio de una suma de dinero acordada. Contrario a lo que pasa en el de pastoreo donde se cede en campo por un tiempo prolongado.
Cómo encontrar campos en alquiler
Una buena alternativa para conocer la disponibilidad de campos en alquiler en diferentes provincias del país, es a través del sitio web de Agroads. En este portal encontrarás una extensa variedad de lotes ofrecidos por dueños directos o a través de inmobiliarias.
Así mismo, podrás elegir ver campos destinados para la producción agrícola, ganaderos o de explotación mixta. Las superficies totales de cada campo y las condiciones de comerciales, las cuales te darán una idea del tipo de contrato que vas a poder pactar con el arrendatario.